Recepción de solicitudes de información pública.
Este sitio fue creado para su servicio, con el fin de que pueda participar activamente del mejoramiento continuo a través de el sistema de peticiones, quejas, reclamos, solicitudes, denuncias y felicitaciones(PQRSDF), que puedan favorecer la atención prestada a nuestros usuarios y sus familias.
Contamos con una oficina de Atención al Usuario en la línea 604 384 73 00 Ext. 1812 - 1813 y en el correo atenciónalusuario@hgm.gov.co. Diligencia el respectivo formulario o realizansdo su respectiva consulta de estado de la solicitud realizada.
RADICA TU PQRSDF cONSULTA EL ESTADO DE TU PQRSDF
Ten en cuenta la siguiente información en el momento de realizar tu solicitud:
Petición: Es aquel derecho que tiene toda persona para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes por razones de interés general o interés particular para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas. |
|
Queja: Insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta. | |
Reclamo: Insatisfacción referida a la prestación de un servicio o la deficiente atención de una autoridad pública, es decir, es una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio. |
|
Sugerencia: Recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar el servicio que se presta en cada una de las dependencias. | |
Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular para que se adelante la correspondiente investigación disciplinaria y se remitan las correspondientes copias a las entidades competentes de adelantar la investigación penal y/o fiscal. |
|
Felicitación: Manifestación de la satisfacción que experimenta la ciudadanía con motivo de algún suceso favorable que ha cumplido y/o superado sus expectativas. |
Presentar un Derecho de Petición no tiene costo y puede hacerse personalmente sin necesidad de un tercero. Los menores de edad pueden también presentar peticiones a las entidades dedicadas a su protección, sin necesidad de ser representadas por un mayor de edad.
Fecha de publicación 30/04/2021
Última modificación 24/07/2024